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30 jun 2012
ESQUIZOFRÉNICOS??? JA....
ESTA PUBLICACIÓN SOLO ES PARA DAR A CONOCER QUIENES SON LOS QUE NOS LLAMAN SINDICALISTOS O ESQUIZOFRÉNICOS...
TAL DIA COMO HOY...UN ESQUIZOFRÉNICO DE CCOO HA ESCUCHADO DE BOCA DE UN DELEGADO DEL SINDICATO "INDEPENDIENTE" LA SIGUIENTE FRASE EN RELACIÓN A UNA CONVERSACIÓN QUE ESTE DELEGADO TENÍA CON UNOS COMPAÑEROS HABLANDO DE DOMINGOS TRABAJADOS Y DÍAS AMPLIADOS DE LOS TRABAJADORES CON HIJOS...
LA FRASE TIENE TELA PERO SI TE LA DICE UN DELEGADO DA QUE PENSAR DE QUE PARTE ESTA...
"LA EMPRESA NO TIENE LA CULPA DE QUE LOS TRABAJADORES TENGAN HIJOS..."
TOMA GEROMA...VERGÜENZA ME DARÍA TENER UN DELEGADO EN MI SINDICATO SI VA SOLTANDO ESAS PERLITAS POR AHÍ...
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23 jun 2012
SOLIDARIDAD CON LOS COMPAÑEROS DE ALCAMPO
Estimado/a
compañero/a:
CCOO protesta contra la imposición
de horarios abusivos y la destrucción de empleo
NO A LA APLICACIÓN DE LA REFORMA LABORAL EN
ALCAMPO
¡QUIEREN ACABAR CON TODO!
DEFIENDE TUS
DERECHOS
LUNES, 25 JUNIO 2012
CONCENTRACIÓN en
ALCAMPO - CC LA VAGUADA
C/ Santiago de Compostela, s/n
(por los arcos - oficinas
centrales)
CCOO hace un llamamiento a la
participación, en solidaridad con los compañeros de ALCAMPO
22 jun 2012
MALDITOS DOMINGOS
LIBERALIZACIÓN
DE HORARIOS
=
EXPLOTACIÓN
DE TRABAJADORES
La dirección del
centro ha comunicado al Comité de Empresa su decisión de abrir todos los días,
salvo el 25 de diciembre, hasta final de año y SIN HACER UNA SOLA CONTRATACIÓN
NUEVA. Con esta medida El Corte Inglés va a abrir 19 días más entre domingos y
festivos que no estaban previstos y que al amparo de la recién aprobada Ley de
Dinamización del Comercio aprobada por la mayoría del gobierno del PP en la Comunidad de Madrid,
permite a las grandes superficies abrir los 365 días del año las 24 horas del
día.
Esta medida va a
suponer terminar de rematar a infinidad de pequeños comerciantes, y empeorar
mucho la vida de los y las trabajadoras del sector que por míseros salarios van
estar en manos de empresarios sin escrúpulos. Es mentira que esta maldita Ley
vaya a crear empleos. Todo lo contrario, los destruirá porque muchos serán los
que no puedan aceptar los esclavizantes horarios y turnos de trabajo. Cada
domingo o festivo tiene una retribución en
nuestro Convenio Colectivo que no llega a los 40€, por esta irrisoria cantidad
nos destrozarán una vez más nuestra vida familiar y personal.
El Corte Inglés ha
decidido “de momento” aplicar el artículo 32 del Convenio para poder ampliar
los días de apertura. Esto quiere decir que al personal con obligación de
prestación laboral en domingos y festivos les pueden hacer trabajar hasta el
70% de estos días. Las presiones en los despachos ya han comenzado. Si no
estáis conforme con los que os imponen firmad como NO CONFORME Y DIRIGIROS A
CUALQUIER DELEGADO/A DE CCOO. No debéis ni tenéis que soportar ningún tipo de
chantaje de vuestros superiores, ni cualquier presión de otras organizaciones sindicales.
Tenéis que tener
claro determinadas cuestiones:
·
No os pueden modificar el calendario anual, sólo os
deben comunicar los nuevos domingos y festivos asignados pero con la antelación
suficiente.
·
La empresa está obligada a mantener la concreción
horaria de los y las trabajadoras que tengáis guarda legal.
·
Los días de descanso no pueden imponerlos. El convenio
dice que el descanso compensatorio semanal se disfrutará “DENTRO DE LAS TRES
SIGUIENTES SEMANAS SIEMPRE A ELECCION DEL TRABAJADOR”.
·
No pueden poner días de HA en domingos o festivos.
·
No pueden hacer trabajar el domingo que sigue o
precede al sábado o lunes de descaso recogido en el calendario anual.
·
Los trabajadores de días discontinuos que no tenéis
más de 144 días contratados no cambiéis vuestros calendarios sin que os amplíen
estos días y así poder percibir la retribución regulada por domingos y
festivos.
·
No podéis trabajar más de 6 domingos en un periodo de
ocho semanas.
CCOO está en contra
de esta Ley que sólo va a traer más precariedad laboral al sector. Os pedimos
que apoyéis las movilizaciones que os iremos anunciando y que, de una vez por
todas, participéis activamente en la defensa de nuestros derechos y de nuestra
dignidad como trabajadores y trabajadoras.
La mayoría del PP en
el Gobierno de la Nación
y de la Comunidad ,
y El Corte Inglés y su sindicatos mayoría sindical pretenden convertir a los trabajadores en siervos.
TU
IMPLICACION ES NECESARIA,
MOVILIZATE
Y PARTICIPA CON CCOO
LAS VACACIONES NO SE PIERDEN SI ESTAS DE BAJA
DE NUEVO UNA SENTENCIA A NUESTRO FAVOR
Ahora tendremos que recibir la
sentencia del Tribunal Supremo, que creemos deberá ratificar tanto lo que la
Audiencia Nacional, como el Tribunal de Justicia de Europa ha dictaminado
dandonos la razón.
AQUI ESTA LA SENTENCIA POR SI ALGUIEN LA QUIERE LEER
Los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a recuperar
los días de baja que coincidan en vacaciones.
En el día de hoy 21 de junio, el tribunal de justicia de las comunidades
europeas reconoce el derecho de los trabajadores y trabajadoras a no perder los
días de vacaciones que coincidan con la baja por enfermedad.
Esta sentencia es consecuencia de la demanda puesta a ANGED, respecto a
las vacaciones. En la demanda solicitabamos que se respetara el derecho de los
trabajadores y trabajadoras a disfrutar completamente sus vacaciones, aunque
estuvieran de baja.
En sentencia de la Audiencia Nacional ya nos dio la razón, pero ante el
recursos planteado por la patronal al Tribunal Supremo, éste decidio remitirlo
al Tribunal de Justicia de las comunidades Europeas, para que dictaminará.
El Tribunal de Justicia recuerda que el derecho a las vacaciones anuales retribuidas es un principio del derecho
social “de especial importancia" y que el derecho a las
vacaciones está expresamente reconocido por la Carta de los Derechos
Fundamentales de la UE. Por otra parte, destaca que la finalidad del derecho a
vacaciones anuales consiste en permitir
que los trabajadores descansen y dispongan de un período de ocio y
esparcimiento, y que la legislación española en este sentido se opone a la
legislación europea.
Una vez más, tenemos que llevar a
los tribunales derechos que nos corresponden, porque en este sector no hay otra
manera de hacer cumplir la ley.
Para FECOHT-CCOO esta sentencia es de suma importancia para todos los
trabajadores y trabajadoras, ya que hasta ahora este derecho solo lo tenían
aquellas personas que lo tenían recogido en su convenio colectivo.
AQUI ESTA LA SENTENCIA POR SI ALGUIEN LA QUIERE LEER
SENTENCIA
DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Quinta)
de 21 de junio de 2012 (*)
«Directiva
2003/88/CE – Ordenación del tiempo de trabajo – Derecho a vacaciones anuales
retribuidas – Baja por enfermedad – Vacaciones anuales coincidentes con una
baja por enfermedad – Derecho a disfrutar de las vacaciones anuales retribuidas
durante otro período»
En el
asunto C‑78/11,
que
tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al
artículo 267 TFUE, por el Tribunal Supremo, mediante resolución de 26 de enero de 2011 ,
recibida en el Tribunal de Justicia el 22 de febrero de 2011 , en el procedimiento
entre
Asociación
Nacional de Grandes Empresas de Distribución (ANGED)
y
Federación
de Asociaciones Sindicales (FASGA),
Federación
de Trabajadores Independientes de Comercio (FETICO),
Federación
Estatal de Trabajadores de Comercio, Hostelería, Turismo y Juego de UGT,
Federación
de Comercio, Hostelería y Turismo de CCOO,
EL
TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Quinta),
integrado
por el Sr. M. Safjan, Presidente de Sala, y los
Sres. M. Ilešič y E. Levits (Ponente), Jueces;
Abogado
General: Sra. V. Trstenjak;
Secretaria:
Sra. M. Ferreira, administradora principal;
habiendo
considerado los escritos obrantes en autos y celebrada la vista el 29 de marzo
de 2012;
consideradas
las observaciones presentadas:
– en
nombre de la Federación de Asociaciones Sindicales (FASGA), por el
Sr. J. Caballero Ramos, abogado;
– en
nombre de la Federación Estatal de Trabajadores de Comercio, Hostelería,
Turismo y Juego de UGT, por el Sr. J. Jiménez de Eugenio, abogado;
– en
nombre de la Federación de Comercio, Hostelería y Turismo de CCOO, por los
Sres. A. Martín Aguado y J. Jiménez de Eugenio, abogados;
– en
nombre del Gobierno español, por el Sr. A. Rubio González, en calidad
de agente;
– en
nombre del Gobierno italiano, por la Sra. G. Palmieri, en calidad de
agente, asistida por el Sr. G. Palatiello, avvocato dello Stato;
– en
nombre de la Comisión Europea, por la Sra. S. Pardo Quintillán y el
Sr. M. van Beek, en calidad de agentes;
vista
la decisión adoptada por el Tribunal de Justicia, oída la Abogado General, de
que el asunto sea juzgado sin conclusiones;
dicta
la siguiente
Sentencia
1 La petición de
decisión prejudicial versa sobre la interpretación del artículo 7, apartado 1,
de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003 ,
relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo (DO
L 299, p. 9).
2 Dicha petición
se presentó en el marco de un litigio entre la Asociación Nacional de Grandes
Empresas de Distribución (en lo sucesivo, «ANGED») y la Federación de
Asociaciones Sindicales (FASGA), la Federación de Trabajadores Independientes
de Comercio (FETICO), la Federación Estatal de Trabajadores de Comercio,
Hostelería, Turismo y Juego de UGT y la Federación de Comercio, Hostelería y
Turismo de CCOO (en lo sucesivo, «FASGA y otros»), sindicatos representantes de
los trabajadores, en relación con unas demandas de conflicto colectivo
presentadas por dichos sindicatos con el objeto de que se declare el derecho de
determinados trabajadores a disfrutar de sus vacaciones anuales retribuidas aun
cuando éstas coincidan con períodos de baja por incapacidad laboral temporal.
Marco
jurídico
Normativa
de la Unión
3 El artículo 1 de
la Directiva 2003/88, titulado «Objeto y ámbito de aplicación», dispone lo
siguiente:
«1. La
presente Directiva establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en
materia de ordenación del tiempo de trabajo.
2. La
presente Directiva se aplicará:
a) a
los períodos mínimos [...] de vacaciones anuales […]
[…]»
4 El artículo 7 de
la citada Directiva, rubricado «Vacaciones anuales», determina:
«1. Los
Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para que todos los
trabajadores dispongan de un período de al menos cuatro semanas de vacaciones
anuales retribuidas, de conformidad con las condiciones de obtención y
concesión establecidas en las legislaciones y/o prácticas nacionales.
2. El
período mínimo de vacaciones anuales retribuidas no podrá ser sustituido por
una compensación financiera, excepto en caso de conclusión de la relación
laboral.»
5 El artículo 17
de la Directiva 2003/88 dispone que los Estados miembros pueden establecer
excepciones a determinadas disposiciones de dicha Directiva. No se admite
excepción alguna en lo que atañe al artículo 7 de la misma.
Normativa
nacional
6 El Real Decreto
Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE nº 75, de 29 de marzo de 1995 ,
p. 9654), en su versión modificada por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (BOE nº 71, de 23 de marzo de 2007 ,
p. 12611; en lo sucesivo, «Estatuto»), regula, en particular, la materia
de las vacaciones anuales retribuidas y de las incapacidades laborales
temporales.
7 El artículo 38
del Estatuto dispone:
«1. El
período de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación
económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En
ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales.
2. El
período o períodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el
empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los
convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones.
En
caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción competente fijará la fecha
que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. El
procedimiento será sumario y preferente.
3. El
calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las
fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del
disfrute.
Cuando
el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al
que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad
temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el
período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4 de
esta Ley, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la
de la incapacidad temporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación
de dicho precepto le correspondiera, al finalizar el período de suspensión,
aunque haya terminado el año natural a que correspondan.»
8 El artículo 37
del Convenio colectivo de Grandes Almacenes 2009-2010 contiene una disposición
semejante a la del último apartado del artículo 38 del Estatuto.
9 El artículo 48,
apartado 4, del Estatuto regula los supuestos de suspensión del contrato de
trabajo por parto, fallecimiento de la madre tras el parto, parto prematuro,
hospitalización del neonato, adopción o acogimiento.
Litigio
principal y cuestión prejudicial
10 Mediante
demandas separadas que fueron acumuladas, la FASGA y otros plantearon
procedimiento de conflicto colectivo para que se declare que los trabajadores
sujetos al convenio colectivo de grandes almacenes 2009/2010 pueden disfrutar
de sus vacaciones anuales retribuidas aun cuando éstas coincidan con períodos
de baja por incapacidad laboral temporal.
11 La
ANGED considera que los trabajadores que se encuentran en situación de
incapacidad laboral temporal antes del inicio de un período de vacaciones
inicialmente fijado, o durante ese período, no tienen derecho a disfrutar de
sus vacaciones en un momento posterior al término de la incapacidad temporal,
salvo que se trate de las situaciones expresamente contempladas en el
mencionado convenio colectivo, es decir, los supuestos previstos en el artículo
48, apartado 4, del Estatuto.
12 Mediante
sentencia de 23
de noviembre de 2009 , la Audiencia Nacional estimó íntegramente las
demandas de la FASGA y otros.
13 La
ANGED interpuso entonces ante el Tribunal Supremo un recurso de casación contra
dicha sentencia.
14 El
Tribunal Supremo cita la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, pero, en la
medida en que el recurso de casación se refiere al caso en que la incapacidad
laboral sobreviene una vez iniciado el período de vacaciones anuales
retribuidas, considera no obstante necesario suspender el procedimiento y
plantear al Tribunal de Justicia la siguiente cuestión prejudicial:
«¿El
art. 7.1, apartado 1, de la Directiva 2003/88 […] se opone a una interpretación
de la normativa nacional que no permita interrumpir el período vacacional para
el disfrute, en un momento posterior, del período completo –o que reste–, si la
incidencia de un proceso de incapacidad temporal aconteciera de forma
sobrevenida durante el período de su disfrute?»
Sobre
la cuestión prejudicial
15 Mediante
su cuestión, el órgano jurisdiccional remitente pregunta, esencialmente, si el
artículo 7, apartado 1, de la Directiva 2003/88 debe interpretarse en el
sentido de que se opone a disposiciones nacionales que establezcan que un trabajador
que se encuentre en situación de incapacidad laboral sobrevenida durante el
período de vacaciones anuales retribuidas no tiene derecho a disfrutar
posteriormente de las vacaciones anuales coincidentes con el período de
incapacidad laboral.
16 Al
respecto ha de recordarse, en primer término, que, según reiterada
jurisprudencia, el derecho de todo trabajador a disfrutar de vacaciones anuales
retribuidas debe considerarse un principio del Derecho social de la Unión de
especial importancia, respecto al cual no pueden establecerse excepciones y
cuya aplicación por parte de las autoridades nacionales competentes únicamente
puede efectuarse respetando los límites establecidos expresamente por la
Directiva 93/104/CE del Consejo, de 23 de noviembre de 1993 , relativa a
determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo (DO L 307,
p. 18), Directiva que ha sido codificada por la Directiva 2003/88
(sentencia de 22
de noviembre de 2011 , KHS, C‑214/10, Rec. p. I‑0000, apartado
23 y jurisprudencia citada).
17 En
segundo lugar, nótese que el derecho a vacaciones anuales retribuidas no sólo
tiene una importancia especial por su condición de principio del Derecho social
de la Unión, sino que también está expresamente reconocido en el artículo 31,
apartado 2, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, a la
que el artículo 6 TUE, apartado 1, reconoce el mismo valor jurídico que a
los Tratados (sentencias KHS, antes citada, apartado 37, y de 3 de mayo de 2012 ,
Neidel, C‑337/10, Rec. p. I‑0000, apartado 40).
18 En
tercer lugar, el derecho a vacaciones anuales retribuidas no puede ser
interpretado de manera restrictiva (véase la sentencia de 22 de abril de 2010 ,
Zentralbetriebsrat der Landeskrankenhäuser Tirols, C‑486/08, Rec. p. I‑3527,
apartado 29).
19 Además,
es pacífico que la finalidad del derecho a vacaciones anuales retribuidas
consiste en permitir que los trabajadores descansen y dispongan de un período
de ocio y esparcimiento. Tal finalidad difiere de la correspondiente al derecho
a causar baja por enfermedad. Este último derecho se reconoce a los
trabajadores con el fin de que puedan recuperarse de una enfermedad (véase la
sentencia de 10
de septiembre de 2009 , Vicente Pereda, C‑277/08, Rec. p. I‑8405,
apartado 21).
20 El
Tribunal de Justicia ya ha declarado, en particular, que de la finalidad del
derecho a vacaciones anuales retribuidas se desprende que un trabajador que se
encuentre de baja por enfermedad durante un período de vacaciones anuales
fijado previamente tiene derecho, a petición suya y al objeto de poder
disfrutar efectivamente sus vacaciones anuales, a tomarlas en fecha distinta a
la de la baja por enfermedad (véase la sentencia Vicente Pereda, antes citada,
apartado 22).
21 De
la mencionada jurisprudencia, relativa a un trabajador que se encuentra en
situación de incapacidad laboral antes del inicio del período de vacaciones
anuales retribuidas, resulta que carece de pertinencia el momento en que
sobreviene dicha incapacidad. Por consiguiente, el trabajador tiene derecho a
disfrutar de sus vacaciones anuales retribuidas coincidentes con un período de
baja por enfermedad en un período posterior, con independencia del momento en
que haya sobrevenido esa incapacidad laboral.
22 En
efecto, sería aleatorio y contrario a la finalidad del derecho a las vacaciones
anuales retribuidas, precisado en el apartado 19 de la presente sentencia,
conceder ese derecho al trabajador únicamente a condición de que este último ya
se encuentre en situación de incapacidad laboral cuando se inicie el período de
vacaciones anuales retribuidas.
23 El
Tribunal de Justicia ya ha declarado en este contexto que el nuevo período de
vacaciones anuales –que se corresponde con la duración del solapamiento entre
el período de vacaciones anuales inicialmente fijado y la baja por enfermedad–,
del que el trabajador puede disfrutar una vez dado de alta médica, puede
fijarse, en su caso, fuera del período de referencia de las vacaciones anuales
en cuestión (véase, en este sentido, la sentencia Vicente Pereda, antes citada,
apartado 23 y el fallo de la sentencia).
24 A
la vista de cuanto precede debe responderse a la cuestión planteada que el
artículo 7, apartado 1, de la Directiva 2003/88 debe interpretarse en el
sentido de que se opone a disposiciones nacionales que establezcan que un
trabajador que se encuentre en situación de incapacidad laboral sobrevenida
durante el período de vacaciones anuales retribuidas no tiene derecho a
disfrutar posteriormente de las vacaciones anuales coincidentes con el período
de incapacidad laboral.
Costas
25 Dado
que el procedimiento tiene, para las partes del litigio principal, el carácter
de un incidente promovido ante el órgano jurisdiccional nacional, corresponde a
éste resolver sobre las costas. Los gastos efectuados por quienes, no siendo
partes del litigio principal, han presentado observaciones ante el Tribunal de
Justicia no pueden ser objeto de reembolso.
En
virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Sala Quinta) declara:
El artículo
7, apartado 1, de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 4 de noviembre
de 2003 , relativa a determinados aspectos de la ordenación del
tiempo de trabajo, debe interpretarse en el sentido de que se opone a
disposiciones nacionales que establezcan que un trabajador que se encuentre en
situación de incapacidad laboral sobrevenida durante el período de vacaciones
anuales retribuidas no tiene derecho a disfrutar posteriormente de las
vacaciones anuales coincidentes con el período de incapacidad laboral.
Safjan
|
Ilešič
|
Levits
|
Pronunciada
en audiencia pública en Luxemburgo, a 21 de junio de 2012.
21 jun 2012
VUELVE EL FASCISMO
Veo una foto estremecedora.
Tres policías acorazados, sin rostro, el casco y las protecciones le cubren la cabeza y la cara, detienen a una anciana de cabello cano, pobremente vestida, con una expresión entre la rabia y el dolor físico.
Reconozco el vestido de la anciana, he visto cientos de veces a mi madre vestida con esa bata rameada. Reconozco esa expresión de mujer del pueblo, sufrida, doliente, los dientes apretados y esa mueca de rabia sin contener ante la opresión, ese no resignarse ante la injusticia. Reconozco a mi madre.
Los tres policías llevan mascarilla, guantes, pistola, coderas, hombreras, porras… No tienen rostro. Nunca lo han tenido. Los reconozco. Son el fascismo. El institucional, el represivo, el policíaco.
La anciana protestaba contra el recorte sanitario, contra el latrocinio de la banca, contra la amnistía a los defraudadores de impuestos, la reducción de derechos laborales, el deterioro de las pensiones. Defendía la dignidad y la vida desde su vejez y pobreza. Reconozco a mi madre.
Los gorilas hacían una demostración de fuerza insultante, una agresión a la razón y a la inteligencia y defendían no sé que entelequia del estado de derecho. Los policías monstruos, pagados por los impuestos monstruos de todos, defendían a los vende patrias monstruos que huyen con sus dineros a las primeras de cambio, a los que regularizan su dinero negro por unas monedas, y a garrotazos y bastonazos monstruos nos daban su versión de la ley y el orden.
La anciana tiene un gesto insuperable de dignidad, no vuelve la cara, no se la ve atemorizada ni abatida. Se aprecia su fortaleza de carácter, su rabia y su indignación ante la injusticia. Bajo un cúmulo de fuerza bruta, ante ese ejercicio mercenario de la ley de los poderosos, resiste. Reconozco a mi madre.
Un policía hace un primer amago de la tortura que vendrá después. Aprieta, casi retuerce, la muñeca derecha de la anciana. Ya está apelando al dolor. Ya está rebasando el límite de los derechos humanos. Ya estamos todos en su cárcel. Reconozco ese gesto. Es el fascismo.
El azar del fotógrafo oportuno nos ha puesto, crudamente, ante la realidad del momento. El estado, el capitalismo, los vende patrias, nos detienen a todos. Nos torturan a todos.
Los reconozco. Son el fascismo.
15 jun 2012
ENMASCARAR LA REALIDAD
La crisis ha unido a PP y PSOE en una curiosa coincidencia cuando gobiernan. Si
la economía va mal, es mejor negar los problemas. Y una vez que la evidencia los
deja al descubierto, se buscan eufemismos para enmascararla. El anterior
presidente, José Luis Rodríguez Zapatero, fue casi el último en negar la crisis
cuando la actividad caía en picado en todas las economías occidentales, incluida
la española. El equipo de su sucesor, Mariano Rajoy, ha desmentido hasta última
hora que su Gobierno iba a solicitar a la UE de su sistema financiero, incluso a
sabiendas de que esa petición ya estaba en marcha.
A
las 08.20 horas de ayer, viernes, la agencia Reuters lanzaba un urgente en
inglés en el que, bajo la etiqueta de exclusiva, afirmaba que “España solicitaría este fin de semana ayuda para los
bancos”. La noticia, que saltaba las webs españolas una hora y media
después, citaba como fuente a dos altos funcionarios de la UE y una fuente
alemana. Daba una pista de su procedencia el hecho del que el reporte fuera
firmado desde Berlín por los periodistas Julien Toyer, Luke Baker y Matthias
Sobolewski.
Entre
otros detalles, todos ellos confirmados posteriormente por los hechos, la
agencia aportaba que el anuncio se haría el sábado por la tarde después de una
conferencia de ministros de Finanzas de la zona euro que se realizaría por
videoconferencia.
Pese
a todos esos detalles, una hora después el Ejecutivo , por boca de un portavoz,
calificaba de “especulación” la información publicada por Reuters y se remitía a
las declaraciones que este jueves realizó Rajoy, en las que el presidente indicó
que el Gobierno decidiría sobre la ayuda al fondo europeo de rescate tras
conocer el informe del Fondo Monetario Internacional (FMI) y los encargados a
los dos auditores internacionales independientes.
Por
si fuera poco, la agencia Bloomberg, la optra gran referencia de los mercados
financieros, confirmaba punto por punto a primera hora de la tarde la noticia de
Reuters. Eso no impidió que la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa tras el
Consejo de Ministros, volviera a desmentir que se fuera a celebrar una reunión
formal del Eurogrupo este sábado para tratar un eventual
rescate de la banca española. El Gobierno –dijo- se dedica a gobernar no a negar bulos sobre cifras o procedimientos. Algunos medios de comunicación y tertulianos afines al Gobierno se apuntaban a la teoría de la conspiración e inscribían la primicia periodística de Reuters como un rumor interesado para hacer caer la Bolsa española y dejar a las empresas españolas a merced de OPAS hostiles
rescate de la banca española. El Gobierno –dijo- se dedica a gobernar no a negar bulos sobre cifras o procedimientos. Algunos medios de comunicación y tertulianos afines al Gobierno se apuntaban a la teoría de la conspiración e inscribían la primicia periodística de Reuters como un rumor interesado para hacer caer la Bolsa española y dejar a las empresas españolas a merced de OPAS hostiles
Incluso
esta mañana, después de que el FMI hiciera público anoche su informe, la
secretaria general del Partido Popular, María Dolores de Cospedal, y en mayor
medida, el ministro de Industria, José Manuel Soria, negaban que el sistema
financiero precisara de ayudas.
Los
bulos han resultado ser ciertos,y la previsible batalla del Gobierno será ahora
por enmascarar la palabra rescate. Así ha sucedido en cada una de las medidas
que ha tomado, sobre todo subidas impositivas, que negó hasta la saciedad que
fuera a tomar durante la campaña electoral o en los primeros meses de Gobierno.
Así, a la amnistía fiscal se le renombró como “una ley de regularización”; a la
reforma laboral “flexibilización de las condiciones para evitar el despido”; a
los recortes sanitarios “copago progresivo de los medicamentos”; al aumento del
IRPF “recargo temporal de solidaridad” y al del IVA “subida de impuestos
indirectos en términos hacendísticos”.
Con
el rescate ha pasado lo mismo. El ministro de Economía, Luis de Guindos, no ha
tardado en acuñar un término para evitar la palabra fatídica. "Apoyo financiero"
y "préstamo en condiciones favorables para la banca" son algunas de las
expresiones que empleó Guindos para eludir el vocablo rescate que está en los
titulares de todos los diarios extranjeros y en la mayoría de los
nacionales.
EL CORTE INGLES RENEGOCIA SU DEUDA CON LOS BANCOS
EL GRUPO DA POR FINALIZADO SU PLAN DE EXPANSIÓN TRAS INVERTIR 5.000 MILLONES
El Corte Inglés negocia con Santander y BBVA refinanciar deuda por valor de 3.600 millones
La crisis es para todos. El Corte Inglés se ha puesto manos
a la obra para mejorar su situación financiera. El grupo presidido por
Isidoro Álvarez está en conversaciones avanzadas para
refinanciar la deuda bancaria de 3.600 millones acumulada por
la compra del Windsor, la adquisición de acciones propias y la expansión
comercial.
Fuentes próximas a las negociaciones han confirmado que la empresa de distribución se ha sentado con BBVA, Santander, Bankia y Caixabank para alargar los vencimientos de sus créditos, que en los últimos años han crecido muy por encima de sus habituales niveles de apalancamiento. La compañía destinó unos 1.000 millones de euros para adquirir el edificio Windsor, sede de Deloitte, y comprar un 6% del capital en manos de accionistas minoritarios.
Además, se endeudó para financiar el desarrollo de nuevos centros comerciales, como el recientemente inaugurado de Córdoba, o los de Tarragona y Badajoz. El Corte Inglés destinó unos 1.000 millones de euros para extender su marca comercial. Lo hizo justo cuando las tensiones en los mercados de capitales empezaron a aflorar y poco antes de que el consumo retrocediese a tasas de dos dígitos.
Resultado de ese esfuerzo inversor fue una deuda a largo plazo con entidades bancarias de 1.676 millones de euros a cierre de 2010, último ejercicio fiscal conocido. El pasivo a corto plazo es de 1.919 millones. En total, unos 3.600 millones que el holding quiere acondicionar para ganar en flexibilidad financiera.
Los acreedores, liderados por Santander y BBVA, están dispuestos a alargar los plazos siempre y cuando El Corte Inglés ponga garantías patrimoniales. Esta condición, normal en cualquier préstamo, era inaudita en la relación entre los bancos y el grupo de Isidoro Álvarez, ya que todas las líneas de financiación se concedían “a pelo”, sin pignoración alguna, al considerar que El Corte Inglés era una de las empresas más solventes de España.
Según estos bancos, el grupo de distribución sigue siendo el cliente más seguro y fiable, pero la nueva regulación sobre provisiones les obliga a tomar todo tipo de precauciones. Otras fuentes apuntan a que no habrá ningún problema en la refinanciación, ya que el holding tiene un beneficio bruto de explotación de casi 1.000 millones y un inmovilizado material de más de 10.600 millones.
La deuda bruta de El Corte Inglés asciende a 4.900 millones de euros si se tienen en cuenta los algo más de 1.300 millones procedentes de empleados que depositaron su dinero en la empresa a cambio de un interés, como si fuera un banco. Sin embargo, teniendo en cuenta las deudas pendientes de cobro, el endeudamiento neto se reduciría a unos 2.500 millones. Esta última cifra supone un ratio de apalancamiento de 2,5 veces el Ebitda, una posición cómoda si se compara con grandes empresas del Ibex 35. Si no se tiene en cuenta la deuda con empleados, el comparable baja a 1,5 veces.
Múltiples activos
Fuentes de El Corte Inglés han confirmado los contactos para refinanciar la deuda, que consideran disminuirá a corto plazo al dar por casi culminado el plan de expansión. Explican que la compañía se ha posicionado para beneficiarse de la tan esperada recuperación económica, con formatos más cercanos al cliente final y precios más ajustados a la situación actual.
Fuentes bancarias agregan que la situación de El Corte Inglés es novedosa porque se trata de un grupo que siempre se ha financiado con su propia generación de caja. Es decir, que históricamente no ha tenido deuda bancaria. No obstante, matizan que se trata de un holding con una capacidad “inmensa” para poner su pasivo a cero si lo considera oportuno al tener numerosos activos para poder vender.
En este sentido, citan la financiera, el negocio de tarjetas, la compañía de seguros o los centros comerciales, todos en propiedad. “Solo con hacer una operación de venta con alquiler, sell & leaseback, tendrían suficiente”, argumentan. Además, agregan que el grupo no ha adoptado todavía ningún ajuste de personal que le permitiría reducir costes. Hasta el momento, Isidoro Álvarez ha tenido como premisa preservar el empleo de los más de 105.000 trabajadores directos e indirectos.
Fuentes próximas a las negociaciones han confirmado que la empresa de distribución se ha sentado con BBVA, Santander, Bankia y Caixabank para alargar los vencimientos de sus créditos, que en los últimos años han crecido muy por encima de sus habituales niveles de apalancamiento. La compañía destinó unos 1.000 millones de euros para adquirir el edificio Windsor, sede de Deloitte, y comprar un 6% del capital en manos de accionistas minoritarios.
Además, se endeudó para financiar el desarrollo de nuevos centros comerciales, como el recientemente inaugurado de Córdoba, o los de Tarragona y Badajoz. El Corte Inglés destinó unos 1.000 millones de euros para extender su marca comercial. Lo hizo justo cuando las tensiones en los mercados de capitales empezaron a aflorar y poco antes de que el consumo retrocediese a tasas de dos dígitos.
Resultado de ese esfuerzo inversor fue una deuda a largo plazo con entidades bancarias de 1.676 millones de euros a cierre de 2010, último ejercicio fiscal conocido. El pasivo a corto plazo es de 1.919 millones. En total, unos 3.600 millones que el holding quiere acondicionar para ganar en flexibilidad financiera.
Los acreedores, liderados por Santander y BBVA, están dispuestos a alargar los plazos siempre y cuando El Corte Inglés ponga garantías patrimoniales. Esta condición, normal en cualquier préstamo, era inaudita en la relación entre los bancos y el grupo de Isidoro Álvarez, ya que todas las líneas de financiación se concedían “a pelo”, sin pignoración alguna, al considerar que El Corte Inglés era una de las empresas más solventes de España.
Según estos bancos, el grupo de distribución sigue siendo el cliente más seguro y fiable, pero la nueva regulación sobre provisiones les obliga a tomar todo tipo de precauciones. Otras fuentes apuntan a que no habrá ningún problema en la refinanciación, ya que el holding tiene un beneficio bruto de explotación de casi 1.000 millones y un inmovilizado material de más de 10.600 millones.
La deuda bruta de El Corte Inglés asciende a 4.900 millones de euros si se tienen en cuenta los algo más de 1.300 millones procedentes de empleados que depositaron su dinero en la empresa a cambio de un interés, como si fuera un banco. Sin embargo, teniendo en cuenta las deudas pendientes de cobro, el endeudamiento neto se reduciría a unos 2.500 millones. Esta última cifra supone un ratio de apalancamiento de 2,5 veces el Ebitda, una posición cómoda si se compara con grandes empresas del Ibex 35. Si no se tiene en cuenta la deuda con empleados, el comparable baja a 1,5 veces.
Múltiples activos
Fuentes de El Corte Inglés han confirmado los contactos para refinanciar la deuda, que consideran disminuirá a corto plazo al dar por casi culminado el plan de expansión. Explican que la compañía se ha posicionado para beneficiarse de la tan esperada recuperación económica, con formatos más cercanos al cliente final y precios más ajustados a la situación actual.
Fuentes bancarias agregan que la situación de El Corte Inglés es novedosa porque se trata de un grupo que siempre se ha financiado con su propia generación de caja. Es decir, que históricamente no ha tenido deuda bancaria. No obstante, matizan que se trata de un holding con una capacidad “inmensa” para poner su pasivo a cero si lo considera oportuno al tener numerosos activos para poder vender.
En este sentido, citan la financiera, el negocio de tarjetas, la compañía de seguros o los centros comerciales, todos en propiedad. “Solo con hacer una operación de venta con alquiler, sell & leaseback, tendrían suficiente”, argumentan. Además, agregan que el grupo no ha adoptado todavía ningún ajuste de personal que le permitiría reducir costes. Hasta el momento, Isidoro Álvarez ha tenido como premisa preservar el empleo de los más de 105.000 trabajadores directos e indirectos.
CCOO DE MADRID. NOVEDADES INFORMATIVAS 6 - 12 DE JUNIO
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MADRID
SINDICAL DIGITAL SEMANAL
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Ya te
puedes descargar el Madrid Sindical Digital Semanal nº 255,
cuyas noticias más destacadas son: "Aguirre vuelve a atacar
a los trabajadores y servicios públicos"; "Hace falta otra política
¡Muévete!" y el EDITORIAL: "Malos banqueros, políticos y
gestores".
Puedes consultar los números
anteriores en el siguiente enlace:
No
olvides darlo a conocer a los trabajadores y trabajadoras de tu centro de
trabajo y colgarlo en el tablón sindical.
CANAL MS_________________________________________________________
Puedes consultar el último vídeo
consultando los siguientes enlaces:
"Más de 6000 periodistas despedidos desde 2008":
PUBLICACIONES_________________________________________________________
Gaceta Sindical nº
102,especial I Congreso
"Trabajo, economía y sociedad":
Gaceta Sindical nº 103, especial
jornada de lucha en las administraciones autonómicas:
LOS HOMBRES DE NEGRO (PERDÓN, AMARILLO) YA ESTÁN LLEGANDO A EL CORTE INGLÉS
Sí, compañeros y compañeras, los famosos
hombres de negro (en El Corte Inglés son los amarillos de Fasga y Fetico) ya
están asomando por las puertas de nuestros centros de trabajo y, al igual que
ocurre con los que nos llegan del centro de Europa, éstos vienen con la única
intención de recortar, aún mas si cabe, los derechos de todos/as nosotros/as.
Veníamos anunciando desde hace bastante
tiempo que la reforma laboral impuesta por el Gobierno del PP, y apoyada con su
silencio por los sindicatos Fasga y Fetico, traería graves consecuencias a la
clase trabajadora y ésta no ha tardado en llegar. La patronal ANGED (a la cual
pertenece El Corte Inglés) está indicando a sus empresas que convoquen a los comités
Intercentros y aprueben en ellos la modificación sustancial de las condiciones
de trabajo con carácter colectivo contemplado en el Art. 41 del Estatuto de los
Trabajadores.
Ya lo han hecho en Carrefour y Alcampo, y en
breve lo harán en Leroy Merlyn. No sabemos el tiempo que tardarán en convocar
al Comité Intercentros de El Corte Inglés, pero estamos totalmente seguros que
será antes de que acabe el verano. En esta ocasión lo que nos van a “sugerir”
es la modificación de nuestros calendarios de trabajo; cambiar los turnos
intensivos por partidos; eliminar los días de descanso y alterar las fechas de
nuestras vacaciones. Pero si esto os parece poco aún hay más, la modificación
“estrella” es la movilidad funcional (todos/as valdremos para todo) y la
movilidad geográfica (ahora vamos a conocer mundo).
El problema con el que nos encontramos los
trabajadores y trabajadoras de El Corte Inglés es que todas estas
modificaciones tienen que contar con el visto bueno del Comité Intercentros, y
en éste tienen la mayoría los hombres de negro (perdón amarillo) así que conociendo
el percal de estos “sindicalistas” mucho nos tememos que en breve espacio de
tiempo nos veremos trabajando en El Corte Inglés que tiene pensado nuestra
empresa abrir en Laponia. Tiempo al tiempo.
OTRO CONGRESO ES POSIBLE
VAMOS A INTENTARLO
Se trata de que cada destinatario reenvíe esta información a un mínimo de veinte personas y a la vez, pedir a cada uno de ellos que hagan lo mismo. En tres días, la mayoría de las personas de este país tendrán este mensaje.
Ley de Reforma del Congreso de 2011 (enmienda de la Constitución de España):
1.El diputado será asalariado solamente durante su mandato. Y no tendrá jubilación proveniente solamente por el mandato.
2.El diputado contribuirá a la Seguridad Social, como todo el mundo (pasado, presente y futuro). El actual fondo de jubilación del Congreso pasará al régimen vigente de la Seguridad Social inmediatamente. El diputado participará de los beneficios dentro del régimen de la Seguridad Social exactamente como todos los demás ciudadanos. El fondo de jubilación no puede ser usado para ninguna otra finalidad.
3.El diputado debe pagar su plan de jubilación, como todos los españoles.
4.El diputado dejará de votar su propio aumento de salario.
5. El diputado dejará su actual seguro de salud pagado desde Las Cortes y participará del mismo sistema de salud que los demás ciudadanos españoles
6 El diputado debe igualmente cumplir las mismas leyes que el resto de los españoles
7. Servir en el Congreso es un honor, no una carrera. Los diputados deben cumplir sus mandatos (no más de 2 legislaturas), después irse a casa y buscar empleo.
Si cada persona pasa este mensaje a un mínimode veinte personas, en tres días la mayoría de los españoles recibirán este mensaje. La hora para esta enmienda a la Constitución es AHORA. ES ASÍ COMO PUEDES ARREGLAR EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS.
Si estás de acuerdo con lo expuesto, reenvía. Si no, bórralo. Tú eres uno de mis 20 contactos. Por favor, mantén este mensaje CIRCULANDO
Se trata de que cada destinatario reenvíe esta información a un mínimo de veinte personas y a la vez, pedir a cada uno de ellos que hagan lo mismo. En tres días, la mayoría de las personas de este país tendrán este mensaje.
Ley de Reforma del Congreso de 2011 (enmienda de la Constitución de España):
1.El diputado será asalariado solamente durante su mandato. Y no tendrá jubilación proveniente solamente por el mandato.
2.El diputado contribuirá a la Seguridad Social, como todo el mundo (pasado, presente y futuro). El actual fondo de jubilación del Congreso pasará al régimen vigente de la Seguridad Social inmediatamente. El diputado participará de los beneficios dentro del régimen de la Seguridad Social exactamente como todos los demás ciudadanos. El fondo de jubilación no puede ser usado para ninguna otra finalidad.
3.El diputado debe pagar su plan de jubilación, como todos los españoles.
4.El diputado dejará de votar su propio aumento de salario.
5. El diputado dejará su actual seguro de salud pagado desde Las Cortes y participará del mismo sistema de salud que los demás ciudadanos españoles
6 El diputado debe igualmente cumplir las mismas leyes que el resto de los españoles
7. Servir en el Congreso es un honor, no una carrera. Los diputados deben cumplir sus mandatos (no más de 2 legislaturas), después irse a casa y buscar empleo.
Si cada persona pasa este mensaje a un mínimode veinte personas, en tres días la mayoría de los españoles recibirán este mensaje. La hora para esta enmienda a la Constitución es AHORA. ES ASÍ COMO PUEDES ARREGLAR EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS.
Si estás de acuerdo con lo expuesto, reenvía. Si no, bórralo. Tú eres uno de mis 20 contactos. Por favor, mantén este mensaje CIRCULANDO
9 jun 2012
20 DE JUNIO ----- NO TE CALLES
NO TE CALLES
DEFIENDE TUS DERECHOS
EL 20 DE JUNIO EN LAS PRINCIPALES CIUDADES DEL PAÍS
Llevan cinco meses y medio en el Gobierno y no paran de
recortar derechos. Guiado por Merkel y las instituciones
financieras, el Gobierno español ha puesto en marcha un
descarnado programa de reformas con la única obsesión de
contener el déficit y acabar con derechos laborales, sociales y
democráticos. Creyeron que su sola presencia en el Gobierno
tranquilizaría a los poderes financieros y restablecería la
confianza en nuestra maltrecha economía. Pero en este breve
periodo de tiempo el paro no ha dejado de crecer, la economía
permanece estancada y no se atisba la salida de la crisis.
Europa vive una grave crisis económica y social con tasas
dramáticas de desempleo: son ya 24 millones las personas
que están en paro en la Unión Europea, entre ellas más de
cinco millones de jóvenes. En España, el paro alcanza cifras
dramáticas: más de 5,5 millones de personas; en 1,7 millones
de hogares, ninguno de sus integrantes en condiciones de
trabajar, tiene empleo.
Y por si fuera poco, el crecimiento imparable del desempleo
coincide con un ataque generalizado y sistemático a
los derechos laborales y sociales, impulsado desde las
instituciones europeas, que está teniendo consecuencias
especialmente dolorosas en los países del sur y del este
de Europa: disminución de salarios y pensiones, pérdida de
derechos, debilitamiento de la negociación colectiva y de la
capacidad de los sindicatos para defender a los trabajadores,
deterioro de las prestaciones y servicios públicos, y ataque sin
precedentes al Estado de bienestar.
Reformas y ajustes contra los trabajadores
El pasado 10 de febrero de 2012, el Gobierno aprobó, sin negociación
ni consulta con los interlocutores sociales, la reforma del
mercado de trabajo que ya se aplica en las empresas con todas
las consecuencias. Una reforma laboral que es el mayor golpe
al derecho del trabajo de la democracia; abarata y facilita el
despido; refuerza el poder de los empresarios y consolida la
precariedad del mercado de trabajo. Además, frente a lo prometido
por el Gobierno, la reforma laboral no reduce las modalidades
de contratación (crea un nuevo contrato que podrán
utilizar el 99% de las empresas y que afectará al 65% de los
trabajadores y trabajadoras; un contrato precario de dudosa
constitucionalidad); introduce diferencias en las posibilidades
de empleo; afecta gravemente a la negociación colectiva (la
Comisión de Empleo del Congreso ha endurecido todavía
más este capítulo al poner fin a la ultractividad de los convenios
una vez transcurrido un año de su vigencia inicial); y
facilita el despido en las Administraciones Públicas.
Por otro lado, los PGE-2012 van a profundizar la situación de recesión
económica. Oficialmente España ha entrado en recesión
después de registrar dos trimestres consecutivos de caída del
PIB. El Gobierno ha estimado una caída del 1,7% del PIB en
2012 asociada a una destrucción de 650.000 empleos. Todo
ello en el marco de fuertes ajustes anunciados en RTVE y las
televisiones autonómicas, Sanidad, Educación, Políticas
Sociales, las condiciones impuestas a las Corporaciones Locales
para financiar el pago a proveedores, una reducción de
la presencia del sector público en la economía y una renuncia
explícita a la inversión pública y el empleo.
Frente a ello, UGT y CCOO insistimos en que hay otra política
para salir de la crisis; para minimizar la erosión económica
y social que anticipa la conjunción de efectos de recesión
económica y reforma laboral. Una apuesta por el crecimiento
y la inversión pública, por el empleo de calidad y la sostenibilidad
del modelo social. Una propuesta de reforma del sistema
financiero orientada a resolver la financiación de la economía
española y a impulsar la circulación del crédito, frente a las
medidas aprobadas por el Gobierno que únicamente han venido
a completar el proceso de demolición del sistema de Cajas
de Ahorro.
Igualmente, España necesita una actuación en materia fiscal
más coordinada y eficaz. Una actuación que no puede pasar
nunca por la aprobación de una amnistía fiscal que supone un
ataque ético muy grave a la justicia y equidad fiscal, y sí por una
reforma para incrementar los recursos del Estado y hacer frente
al fraude fiscal y a la economía sumergida.
CCOO y UGT hemos emplazado una y otra vez al Gobierno a
negociar un acuerdo por la reactivación económica, el empleo y
la cohesión social. Un Acuerdo que debería implicar a las fuerzas
políticas parlamentarias y a las instituciones del Estado. A
nuestro juicio, este sería el mejor camino para restablecer la
confianza y sentar las bases para una salida más justa y equilibrada
de la crisis. Pero el Ejecutivo prefiere entenderse con
Merkel y la derecha europea para intentar, sin conseguirlo,
satisfacer a mercados e instituciones financieras. Sigue instalado
en el conflicto social, en el ataque a los derechos laborales
y a los servicios públicos; en la eliminación de derechos civiles
y democráticos; en la ‘criminalización’ de la respuesta social y
sindical.
El movimiento sindical no va a parar. Seguiremos movilizándonos
en la calle contra estas políticas antes y después del
verano, y mantendremos un diálogo constante y fluido con la
sociedad civil y las fuerzas políticas para trasladarles nuestras
propuestas; fortaleceremos las alianzas sociales en defensa de
los servicios públicos y el Estado de bienestar; promoveremos
los mayores niveles de protección de las personas en situación
de desempleo.
POR ELLO, EL 20 DE JUNIO, HEMOS CONVOCADO
MANIFESTACIONES EN TODO EL PAÍS PARA DENUNCIAR
LOS RECORTES SOCIALES DEL GOBIERNO, PARA
VOLVER A RECHAZAR LA REFORMA LABORAL, Y PARA
ENFRENTAR LA CRISIS CON OTRA POLÍTICA ECONÓMICA
Y SOCIAL.
http://infocorty.blogspot.com.es/2012/06/20-de-junio-contra-los-recortes.html
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