10 dic 2013

CCOO FRENA LAS PRETENSIONES DE ANGED Y SUS DEPARTAMENTOS SINDICALES EN EL CONVENIO DE GRANDES ALMACENES

Este martes 26 de noviembre hemos tenido conocimiento de la sentencia de la demanda que  CCOO interpuso el pasado mes de junio contra el Convenio de Grandes Almacenes.
Aceptando en parte algunas de nuestras demandas, la Audiencia Nacional ha frenado las ambiciones de la patronal y sus sindicatos, dejando sin efecto algunas de sus pretensiones, entre otras:

  • El Art. 42.2,  y final del 49.5 que pretendían reservar con exclusividad para la patronal y Fasga y Fetico (los únicos firmantes del Convenio) la estructura de la negociación colectiva, intentando frenar la participación de cualquier otro sindicato (CCOO) en defensa de los trabajadores.

  • El Art. 12 apartado 3.2a) porque, textualmente, “impide de forma directa o indirectamente a las mujeres un desarrollo profesional en las mismas condiciones que el resto de los trabajadores de la plantilla, al imponer unos criterios de evaluación para los ascensos profesionales discriminatorios”

  • El Art. 87.5, en cuanto permitía a la Comisión Mixta  la creación de nuevos puestos y funciones, extralimitando claramente el marco legal de sus funciones.

  • El Art. 49, referente a la Comisión para la Igualdad de Oportunidades y la no discriminación, que,  según ellos, solo podría estar integrada por la representación empresarial y los sindicatos firmantes del Convenio.

  • Finalmente, la que sin duda nos parece más importante: la posibilidad de, en empresas con beneficios, bajar el salario de la plantilla de cualquier centro que pudiera dar pérdidas

Se trataba en todo caso de disposiciones cuyo objetivo era claramente rebajar el grado de  actuación legalmente reconocido a CCOO como sindicato más representativo para dejar exclusivamente en manos de la patronal y sus departamentos sindicales  el peso de la negociación de las condiciones laborales de la plantilla del sector de grandes almacenes, dificultando la tutela efectiva de sus derechos, consolidando la discriminación de las mujeres y perpetuando el deterioro general de las condiciones de trabajo y por ello apreciamos lo que la sentencia tiene de bueno, pero se nos han quedado muchas reivindicaciones en el tintero, como son:
·         La posibilidad de la empresa de variar la planificación de la jornada del trabajador/a para atender imprevistos, con la mera comunicación en el momento
·         La prestación de trabajo cualquier día de la semana exigible a todos los trabajadores/as, perdiendo así su condición personal más beneficiosa a no hacerlo
·         La excepción para los trabajadores y trabajadoras a tiempo parcial que presten su servicio en la línea de cajas de conocer sus cuadros horarios en las mismas condiciones que el resto
           
Entendiendo que son ilegales,  el gabinete jurídico de CCOO estudiará la posibilidad de recurrir al Tribunal  Supremo

  CCOO CON LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES
    POR NUESTROS DERECHOS      

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